¿Qué significa ser "Persona" y cuándo comenzamos a ser sujetos de derechos y obligaciones? ¿Qué hacen en Texas para disuadir el Aborto?

La mayoría entendemos que "Persona" es sinónimo de "Ser Humano". Sin embargo, desde el punto de vista jurídico, son conceptos distintos que solamente van de la mano cuando somos reconocidos como sujetos de derechos y obligaciones.
Las Personas en Grecia y Roma
El concepto de "Persona" nace en Grecia (prósôpon) y de la que fue tomada por los antiguos romanos ("personae"), haciendo referencia a una máscara que utilizaban los antiguos actores griegos. Cada máscara representaba una "personalidad" (personare), la cual se supone que también servía para amplificar un poco el sonido de la voz, puesto que en esa época no existían micrófonos, entonces ellos se ingeniaron para hacer resonar la voz a través de esas máscaras y así todo el público presente en el anfiteatro griego los podían escuchar mejor.
De ahí que el símbolo de muchos teatros sean dos máscaras cruzadas, una "sonriendo" representando la "alegría" y otra al revés, representando a la "tristeza", etcétera.
Los romanos también copiaron éstas máscaras al principio, pero con el tiempo, fueron evolucionaron y vieron en esas "personae" algo más importante que las máscaras mismas y se apropiaron del concepto. Los ingeniosos juristas explicaron el contenido a través del simbolismo, y así surgió el Concepto Jurídico más importante de todos:
La Persona.
Ser Persona era un privilegio y por lo tanto, no cualquier Ser humano era considerado persona.
El concepto de persona, en el sentido jurídico, fue evolucionando desde ser un status dentro de la sociedad: Jefes de Familias, Tutores, y hasta llegar a extenderse a todos los
Ciudadanos ("Civis romanus").
Eso representó un impresionante adelanto en la época, puesto que pasaron del "status" a ser iguales dentro de la misma condición (ciudadanos).
Pero, lamentablemente, no alcanzaron el concepto de igualdad total, puesto que los
Esclavos no fueron considerados personas, y por lo tanto, sus Derechos o Garantías estaban confinados a las decisiones de sus amos.
Los extranjeros también sufrieron la discriminación en cuanto a la protección de sus derechos. Algo parecido sucede hoy en día con el trato que reciben lo inmigrantes "ilegales" en Estados Unidos.
Persona Física y Persona Jurídica
El concepto de "Persona" fue evolucionando cada vez más, hasta que se llegó a considerar sujetos de Derechos y Obligaciones a las asociaciones o agrupaciones que cumplian los requisitos formales y fueron denominados como Personas Morales o Jurídicas, "Sui Juris" (seres jurídicos).
Las personas físicas somos nosotros, los seres humanos, mientras que las personas jurídicas o morales son las que sólo reciben personalidad jurídica a través del cumplimiento de requisitos que el Gobierno exige.
La "Persona" en las Legislaciones modernas
El problema del concepto "Persona" fue muy importante para todas las grandes Legislaciones de occidente. El tema fue arduamente debatido por los grandes jurisconsultos franceses, donde hasta el mismo
Napoleón Bonaparte intervino en éstos apasionantes debates y participaba formulando dos preguntas: si eso era justo y eso era útil.
El gran mérito que tiene la Legislación francesa es la codificación de todas sus leyes en distintas materias, de una manera sistemática y actualizada. Todas las legislaciones latinas y de otras partes de europa lo imitaron, y solo se diferenciaron (como eternamente lo hicieron) los anglosajones, quiénes siguieron apegados a sus tradiciones jurídicas o jurisprudencias.
A partir de entonce quedó definido que Persona es
"todo ente o ser, susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones".
¿Desde cuándo comienzan a ser personas?
Sin embargo, las legislaciones europeas de entonces, tuvieron una carencia, puesto que prestaron más atención a supervivencia de la Persona por sus probables derechos patrimoniales.
Así es como los franceses, italianos y españoles, se preocuparon más en legislar sobre la supervivencia del ser humano, y se basaron en el concepto "vitae-babilis" (viabilidad) que literalmente signifca: "hábil para la vida".
Los españoles llevaron a más días el concepto de "viabilidad", de acuerdo a que el hijo nacido pudiera sobrevivir al menos 300 días, sino sus derechos quedaban olvidados como si nunca hubiera existido.
En la actualidad, vemos la aberración del concepto de "viabilidad", como en el futuro pudieran ver de la misma manera al concepto de que nuestra legislación sólo considera "Persona" a los seres humanos que han nacido, y no así a los que fueron concebidos y todavía no salieron del vientre materno.
Ejemplos latinoamericanos
Pero en el continente americano también existieron jurisconsultos muy prestigiosos, y todavía se pueden estudiar sus obras, como el Esbozo de Freitas (Brasil), y el Código Civil de Vélez Sarsfield.
El gran jurisconsulto brasileño
Augusto Teixeira de Freitas, fue el primero en considerar a los Derechos Reales o Patrimoniales, separados de los Derechos Personales. Su proyecto aun día se estudia en las mejores universidades del mundo. Él no dudó en seguir la lína napoleónica de proteger a la Persona desde la Concepción.
La misma consideración tuvo el jurisconsulto argentino
Dalmacio Vélez Sarsfield, quien después de estudiar todas las Legislaciones europeas, elaboró el Código Civil argentino, considerado el más grande del mundo, lleno de valiosas notas al pie de cada página, donde se comprende la fuente y el fundamento de cada criterio aceptado.
Vélez no dudó en definir a la Persona en su Código Civil, y en el artículo 30 lo definió como: "Son personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos, o contraer obligaciones".
El caso México: Los no nacidos no son Personas
En México no existe una definición en el Código Civil de lo que es Persona, pero esa carencia no confunde su estudio.
El Código Civil Federal mexicano, dice específicamente en el polémico
artículo 22:
"La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código". Éste artículo es copiado por la mayoría de los códigos estatales mexicanos y obviamente nuestros queridos legisladores sudcalifornianos no se esforzaron en estudiar otras legislaciones comparadas, y lo copiaron con total descaro.
La Legislación civil se contradice, puesto que por un lado dice que una persona física comienza a serlo desde que nace, pero por otro lado dice que las leyes lo protegerán aunque todavía no haya nacido. ¿No hubiera sido mejor que lo declararan persona desde la Concepción?
Esa confusión de conceptos hace que la Sociedad se desgaste en debates sobre la postura abortista o sancionadora, cuando se deberían buscar posiciones de "segundas oportunidades" como la del caso Texas.
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